Comité de Bioética Asistencial

Los comités de bioética asistencial en el ámbito de los departamentos de salud se configuran como órganos interdisciplinares de carácter asesor y consultivo, al servicio de profesionales, de personas usuarias y de las instituciones sanitarias.

 

En el Decreto 130/2016, de 7 de octubre, del Consell, se crea y regula el Comité de Bioética de la Comunitat Valenciana y se crean los comités de bioética asistencial de los departamentos de salud como órganos garantes de los derechos de personas usuarias y pacientes del Sistema Valenciano de Salud. La regulación de los Comités de Bioética Asistencial en el ámbito de los Departamentos de Salud se recoge en la Orden 8/2016, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

 

La finalidad de los mismos es examinar y asesorar en la resolución de las situaciones de conflicto ético que surjan en el departamento de salud/centro sanitario para que, en todo caso, quede amparada la dignidad de las personas y la calidad de la atención sanitaria.; así como fomentar la difusión de la bioética entre profesionales, pacientes y personas usuarias del sistema sanitario público.
 

El ámbito de actuación del CBA del Departamento de Salud Arnau Lliria incluye la Atención Primaria, la Asistencia Especializada y la Salud Pública.

 

Todos los miembros comparten el carácter de voluntariedad y disponibilidad para aceptar las responsabilidades derivadas de su pertenencia al Comité y el compromiso de confidencialidad de los asuntos tratados.

 

El funcionamiento del Comité de Bioética Asistencial (CBA) está regulado por un Reglamento de Régimen Interno, elaborado por el propio Comité y aprobado por el Comité de Bioética de la Comunidad Valenciana (CBCV).